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¿Hubo violencia de género contra empleada a que hombre le lanzó café?

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  • La agresión a Raysa Vásquez ha desatado un debate sobre el tema
  • Abogado de agresor afirma no hubo este tipo de acción, lo que es refutado por la defensa de víctima


azhiel Morel Tejeda en la Fiscalía del Distrito Nacional. (Archivo)
Ha causado un debate en la sociedad dominicana la agresión de que fue objeto una empleada en un establecimiento de comida de parte de un cliente. El tema en disputa es si la dama fue objeto de violencia de género o, de un ataque producto de un altercado casual. Hay personas que se descantan por el primer planteamiento, mientras otras por el segundo.
El caso a que hacemos referencia es el de Raysa Vásquez, a quien Jazhiel Morel Tejeda le lanzó dos vasos de café caliente en el rostro cuando la empleada le pidió pagarlo ante las alegadas intenciones de éste abandonar el establecimiento sin pagar. Esto nos hace preguntar qué es la violencia de género y si en su caso se ejerció.
Soraya Lara Caba, directora del Patronato de Ayuda a Casos de Mujeres Maltratadas (Pacam), al ser consultada sobre tema, indicó que lo primero que había que hacer era contextualizar qué es la violencia.
Selañó que la Organización de las Naciones Unidas define la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”, el cual dijo fue citado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), dijo.
Al referirse al video que muestra la agresión a la empleada, Lara Caba, quien es psicóloga y terapeuta familiar, indicó que los hechos muestran “un acto para evidenciar la supremacía masculina frente a una mujer que se percibe vulnerable”.
Justificó ese planteamiento bajo el argumento de que la violencia es una conducta con intención de causar daño a otras personas sin obtener un beneficio para la supervivencia, es decir defenderse de un depredador para sobrevivir.
“En este caso no se observa que la dependienta representara una amenaza real para el agresor”, acotó al ser entrevistada por Diario Libre.
“En este caso, la joven empleada no representaba un peligro de muerte o de otro tipo de riesgo para la persona que cometió el hecho”, subrayó la profesional.
Lara Caba explicó que la violencia o abuso contra la mujer tiene su origen en varios estereotipos, entre ellos la aceptación de verla como un ser inferior, al igual que aceptar la violencia como forma de solucionar los problemas. También culpabilizar a las féminas del malestar experimentado y al agresor no percibirse como responsable del hecho.
“¿Qué podemos decir al respecto? Que una persona con distorsiones cognitivas acerca de la mujer y el uso de la violencia tiene mayor probabilidad de expresar su ira y hostilidad hacia ella”, adujo.
“País tiene una visión errónea de la violencia de género”
Félix Portes, abogado de Raysa Vásquez, refutó el planteamiento de la defensa de Jazhiel Morel Tejeda, representada por José Rafael Araiza, quien dijo que en el caso no había ocurrido violencia de género, debido a que la agredida y el agresor no eran pareja y que se trató de un hecho fortuito.
“Aquí, lamentablemente hay una malinterpretación de lo que es violencia de género, ¿En qué sentido? Porque se entiende que violencia de género solamente puede ser infringida por una pareja y no es así. Hay violencia de género contra la mujer infringida por personas distintas a la pareja y así lo estable la Organización Mundial de la Salud (OMS)”, dijo Portes a Diario Libre.
“Si tú agredes a un niño no es lo mismo que agredas a un mayor de edad, su condición de mujer hace que la ley la proteja más, en este sentido. Esa es la razón básicamente por lo que existe la violencia de género, porque se ha visto que, de manera general, la mujer tiene más vulnerabilidad, aunque es igual al hombre, pero por décadas se ha entendido que tiene un rango menor, por eso tu vez , por ejemplo, que la mujer no puede ser sacerdote, tenía que esperar nueve meses para divorciarse, o sea siempre se ha discriminado a la mujer y la parte del género ha surgido para tratar de erradicar esta situación y agravar la situación del agresor”, agregó.
Secuelas de la violencia
La directora del Pacam indica que una mujer víctima de un hecho violento puede experimentar experiencias traumáticas, sufrir su autoestima y presentar síntomas de depresión y ansiedad.
“Hay otras situaciones que se derivan de ese hecho, como temor a amenazas, a estigmatizaciones sociales, pérdida del empleo, entre otras”, arguyó.
Posición del Ministerio Público
Morel Tejada está detenido desde el lunes cuando acudió al lugar con su abogado, pese a que el hecho ocurrió hace 17 días y se dio a conocer el viernes pasado. Al entregarlo, su abogado dijo que éste admitiría los hechos y pediría disculpas. También negó que su cliente hubiera incurrido en robo al tratar de llevarse los dos café sin pagar, como muestra el video.
La solicitud de medida de coerción del Ministerio Público está basada en que la víctima alegadamente fue objeto de violencia contra la mujer y que el imputado violó el artículo 309 numeral uno del Código Penal que indica que “constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada, en razón de su género, que causa daño y sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, mediante el empleo de la fuerza física o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución”.
También le atribuye haber violentado el artículo 401 numeral dos del Código Penal Dominicano, modificado por la ley 36-00 que establece: “El que a sabiendas de está en la imposibilidad de pagar, se hubiere hecho servir bebida y alimento que consumiere en todo o en parte, se hará reo de fullería”.

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