Aclara es legal y constitucional última prórroga del estado emegencia en RD - El gallo informativo | Somos mas que noticias

Menu Right

 

Post Top Ad

Responsive Ads Here

Aclara es legal y constitucional última prórroga del estado emegencia en RD

Share This


SANTO DOMINGO.- El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal, aclaró que en República Dominicana no existe “prórroga de la prórroga” del estado de emergencia sino más bien una continuación temporal de este último, ajustada a la Constitución de la República y a la ley  21-18 sobre regulación de los estados de excepción.
El funcionario hizo la aclaración luego de que el opositor Partido Revolucionario Moderno (PRM) pidiera este martes al Tribunal Constitucional declarar inconstitucional la iniciativa aprobada la semana pasada por el Congreso Nacional,  que autoriza extender el estado de emergencia por 17 días más por el coronavirus.3
Espinal afirmó que dicha iniciativa tiene  sustentación constitucional y legal,  y aclaró que “no es cierto que el plazo de la última prórroga no podía exceder los doce días de la prórroga anterior”.
Interpretación errónea de la ley
Sin mencionar al PRM por su nombre, el Consultor Jurídico  explicó que determinados grupos han dado “una interpretación completamente errónea” de la Ley 21-18 sobre regulación de los estados de excepción.
“Cuando esta disposición hace referencia al tiempo ya autorizado para cada estado de excepción, evidentemente alude a la autorización de su declaratoria, pues las prórrogas son meras extensiones temporales y no pueden considerarse como figuras independientes al estado de excepción en sí”, dijo.
Indicó que la Ley número 21-18 establece que le corresponde al Congreso Nacional establecer el plazo de duración del estado de emergencia y que el Poder Ejecutivo puede solicitar al Congreso Nacional tantas prórrogas como sea necesario.
Señaló que, asimismo, la ley determina que el plazo de tales prórrogas no puede exceder del plazo originalmente autorizado por el Congreso Nacional.
Precisó que sobre esto último, el párrafo I del artículo 28 de la citada ley establece textualmente que: “La prórroga concedida no podrá exceder del tiempo ya autorizado para cada estado de excepción de que se trate”.
Congreso Nacional y Poder Ejecutivo han actuado apegados a la Constitución y a la ley
“Tanto el Congreso Nacional como el Poder Ejecutivo han actuado apegados a la Constitución y a la Ley 21-18, sobre regulación de los estados de excepción, cuando el primero autorizó y el segundo declaró mediante el decreto 213-20 la prórroga del estado de emergencia por 17 días a partir de este 14 de junio”.
Manifestó que el plazo de referencia para autorizar las prórrogas del estado de emergencia debe ser el otorgado originalmente, “el cual fue de 25 días en virtud de la Resolución número 62-20 del Congreso Nacional”.
“No existe absolutamente nada en la Constitución o la ley que pueda ni remotamente dar lugar a la interpretación de que una prórroga no puede exceder el plazo otorgado en la prórroga anterior”.
En ese contexto, Flavio Darío Espinal destacó los tres principios básicos que han guiado al presidente de la República, al solicitar el estado de excepción y sus prórrogas.
“Primero, procura un fin legítimo que consiste en preservar la salud y la vida de los dominicanos ante el impacto del COVID- 19, pandemia que esta causando estragos alrededor del mundo”.
Agregó que el segundo principio ha sido adoptar medidas “proporcionales al fin perseguido, ya que lo que se ha procurado es el distanciamiento social como la medida más efectiva para prevenir la propagación del virus según la recomendación de los más calificados expertos nacionales e internacionales”.
“Y tercero, son medidas razonables pues son las mismas que se han adoptado en decenas de países que han sido impactados por la pandemia”.
Medidas adoptadas han sido las recomendadas por la OMS
Puntualizó que las medidas restrictivas de circulación y aglomeración de personas que el Gobierno dominicano ha adoptado en el marco del estado de emergencia han sido las recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otros organismos especializados.
“El Gobierno las ha ido modulando y flexibilizando en tanto las circunstancias lo han permitido y en función de las recomendaciones de los expertos”.
Gobierno ha entregado todos los informes a la Comisión Bicameral 
Recordó que, durante todo este tiempo, el Gobierno dominicano ha actuado apegado estrictamente a la legalidad, “informando cada quince días al Congreso Nacional sobre las medidas adoptadas e informando periódicamente a los organismos de derechos humanos tanto del sistema interamericano como del sistema de las Naciones Unidas”.
¡Comparte esta noticia!

No hay comentarios:

Publicar un comentario

COMENTAS Y COMPARTE AQUÍ

Post Bottom Ad

Responsive Ads Here

Pages