Se puede imponer de 3 a 10 años de Prisión por campañas falsas o denigrantes.
La propia ley es clara: los que violaren las normas constitucionales, éticas y legales sobre uso de los medios de comunicación, impresos, electrónicos, y digitales, elaborando, financiando y promoviendo o compartiendo campañas falsas o denigrantes y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la intimidad de candidatos o personal que trabajen con estos.
Se reconoce el derecho al buen nombre y a la honra de las personas, establecido en la Constitución, por lo que se dispone en la ley que ningúna difusión, aviso o manifestación publicitaria podrá utilizar expresión ofensiva, directa o indirecta contra los demás participantes en el proceso electoral, ni utilizar calificativos insultantes ni referencias degradantes a la persona, nombre o apellido de los candidatos y miembros de los partidos políticos.
Traigo a colación esta parte del reglamento que rige el proceso electoral en mi país porque veo en algunos escenarios y acciones manifestaciones antagónicas a lo que establece la propia ley.
La Junta Central Electoral debe imponerse y no permitir que estos hechos sucedan Por encima de la constitución dominicana.
Debe hacerse una reingenieria en la forma desfasada de hacer campañas políticas y fomentarse en propuestas y no en denigrar a otros, siempre he sido partidario de que para brillar una luz no es necesario apagar otra.
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