DESDE MI ESCENARIO
POLANCO ANÍBAL
UNA JUSTICIA PÚTRIDA PARA UNA COMUNIDAD PURRIA
Si Generalizamos caeríamos en la ignorancia
social y de las excepciones que en los entornos Judiciales como actores
existen, laboran honestamente, con responsabilidad y decencia, realizan su rol
con equidad y prudencia, al igual que no es la totalidad social de este País
Dominicano sea purria, y que la Sociedad Dominicana en su inmensa totalidad es
trabajadora, forjadora, Honesta y de conducta conviviente, siendo así que
usamos el calificativo, “ Una Comunidad Purria, no
una Sociedad” la Sociedad es el universo comunitario, las
Comunidades son fragmentos de ese universo, vivir en una Sociedad es aceptar
principios y patrones de conductas que el conglomerado exige.
Las Purrias es las gentes despreciable, los despojos, restos purulentos,
las Pústulas que se han apartado de la Sociedad, formando Asociaciones
Comunitarias de malhechores como el aire tempestuoso y de tormenta, en
Simbiosis de Sicarios, Atracadores, Feminicidas, Homicidas, Ladrones y
Violadores Sexuales, que con el Crimen y sus delitos irrumpen y alteran el
orden público, y hecho un hormiguero Comunitario que irrita, manteniendo en
Zozobra todo un país que trabaja y forjador de logros y objetivos con su
esfuerzo, esperanzado en un sistema Judicial que no ofrece respuestas en base a
desdichado tecnicismo procesal en pútrida que solo beneficia la purria.
El Código Procesal Penal en su artículo 226 establece 7 medidas de
coerción, esas son las herramientas Procesales con las que el Juez va
determinar la situación del acusado o Imputado, después que haya escuchado las
razones y defensa que éste haya expuesto al tribunal, sin importar las
imputaciones acusatorias que el Ministerio Publico haya presentado, entre esas
Medidas están, 1ª, Presentar Garantías económicas, 2º, Prohibición Salir sin
una autorización del País, Obligación de presentarse periódicamente ante el
Juez, y entre otras, la Prisión preventiva que es la Séptima, siendo esa la
excepción, ya que la Libertad es la regla, inclusive el artículo 234 del mismo
Cód. Indica que la prisión preventiva solo debe aplicarse cuando no puede
evitarse razonablemente la fuga del imputado mediante la imposición de una o
varias de aquellas que resulten menos gravosa para el imputado.
¿QUIEN NOMBRA
LOS JUECES ADMINISTRADORES JUDICIALES?
El artículo 178 de la Constitución Dominicana establece
el Consejo Nacional de la Magistratura, e indica que ese estará integrado, 1º
Por el Presidente de la República, que lo presidirá, en su ausencia, el Vice,
2º El Presidente del Senado, Un Senador o Senadora de un Partido contrario al
del Presidente del Senado, El Presidente de la Cámara de Diputados, Un diputado
de un Partido diferente al del Presidente de la Cámara Diputados, El Presidente
de la Suprema Corte de Justicia, El Procurador de la República etc., etc. De
esta composición se pueden desprender varias preguntas, ya que esa es el
resultado de los Políticos que ostentan el Poder y que tienen la voluntad y
Poder decisorio y además Constitucional para nombrar esos Jueces que en el
futuro inmediato van a responder por el Cargo que le han otorgado, y que han
sido escogido por acuerdos e intereses Políticos de cada Partido, Entonces, ¿Podrán esos Jueces ser independientes e imparciales de
quienes les nombraron en esos importantísimos cargos? ¿Podrán
esos Jueces dejar de obedecer al Poder Político que los nombró y que es su Jefe
de cada Partido? ¡Ay ji!
La Justicia Dominicana está compuesta y administrada por Políticos, en
muchos casos dirigentes activos de cada Partidos, como es el caso de las altas
Cortes y la gran mayoría de los Tribunales Jurisdiccionales que administran la
Justicia Dominicana y que ha aceptado dependencia del poder ejecutivo, del
empresarial, el Político como su jefe primordial, siendo así que sus
actuaciones debe circunscribirse a las apetencias de esos poderes, mas el comercio
Criminal y Delincuencial, hecho todo un poder de estructuras comunitaria
dispuesta a exterminar cualquier estorbo sin importar su jerarquía hecho Purria
antisociales con su denominativo del Sicariato que los Jueces temen condenarlo
con sus fallos, y han decidido aceptar ese dinero como soborno, haciendo del
Sistema Judicial, un cuerpo Pútrido, Purulento y sus Sentencias se han hecho
Pústulas para una Purria conformada por el rancio poder político y el bajo
Mundo.
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