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Nuevo Código elimina penas prisión por delito de palabra

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DIFAMACIÓN E INJURIA SIMPLES
Nuevo Código elimina penas prisión por delito de palabra
EXPERTO DEFINE COMO TRASCENDENTAL PASO DADO POR EL CONGRESO

  • Sector. El presidente de la Fundación Prensa y Derecho, Namphi Rodríguez, elogió también la abrogación de las penas agravadas cuando la difamación e injuria sea contra funcionarios públicos.

Santo Domingo
El abogado Namphi Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho, consideró ayer que la supresión de las penas de privación de libertad por los delitos de “difamación e injuria simples” constituye un avance institucional en el nuevo proyecto de Código Penal, así como la abrogación del régimen procesal agravado cuando los mismos se cometen contra funcionarios públicos.
Rodríguez ponderó que la decisión de los legisladores envía un mensaje claro al Tribunal Constitucional para que hagan lo mismo con la Ley 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, y despenalicen la libre expresión a través de losmedios de comunicación.
Precisó que es un exceso que el viejo Código Penal vigente contemple en su artículo 371 penas de hasta tres meses de prisión contra aquellos ciudadanos comunes que incurran en delitos de palabra que no se difundan por los medios de comunicación.
Los artículos del 220 al 224 del proyecto de nuevo Código Penal despenalizan los delitos difamación que se perpetran fuera de los medios de comunicación de masas e impone sanciones más leves de diez a siete salarios mínimos de multa.
El presidente de Prensa y Derecho estimó también trascendental que se abroguen en el proyecto de Código Penal las penas agravadas por la difamación e injuria dirigida contra funcionarios públicos.
Sostuvo que quienes están en función pública se exponen al escrutinio de la opinión ciudadana y deben soportar con más tolerancia las críticas y opiniones porque manejan fondos públicos.  
“No es que no tengan derecho al honor y la dignidad, sino que se deben proveer por los mismos medios jurídicos que los ciudadanos. No es justificable que, como establece el Código vigente, tengan un régimen procesal y sancionatorio agravados; esa es una disposición de ley mordaza del viejo Código napoleónico, una especie de delito de lesa majestad”, censuró.
FUENTE: LISTIN DIARIO 

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